LA ORACIÓN (AS-SALAT)
La oración es uno de los actos más importantes de la religión islámica. Si ésta es aceptada por Dios de Su siervo, todos los restantes actos le serán aceptados de igual modo.
El musulmán debe tener la precaución de no orar apresuradamente, de recordar a Dios con humildad y sinceridad, de estar conciente de a Quién se está dirigiendo y de considerarse muy pequeño ante la Majestuosidad y la Grandeza del Dios del universo.
Si se cumple con estos consejos se podrá orar concentradamente. Un ejemplo de ello es Alí Ibn Abi Talib (P.) a quien en cierta oportunidad mientras oraba le arrojaron una flecha que se incrustó en su bendito pie. Era tal la concentración que sus compañeros procedieron a quitársela y él ni siquiera se había dado cuenta de lo acontecido.
Durante la oración el musulmán debe arrepentirse de sus pecados, pedir perdón por ellos, debe alejarse de todos aquellos actos (y pensamientos) que constituyen un obstáculo entre el siervo y su Creador, como por ejemplo la envidia, la arrogancia, la calumnia, etc., no debe dejar de pagar el jums ni el zakat, así como tampoco consumir carnes ilícitas ni beber embriagantes.
Además, debe tratar de erradicar de su ser aquellas cosas que disminuyen el valor de sus actos tales como orar cuando tiene sueño o cuando necesita orinar o evacuar. En cambio debe realizar aquellos actos que aumentan el valor y la recompensa de sus actos en la oración, como orar con atuendos limpios, usar el anillo de Aqiq (piedra santa), peinarse, cepillarse los dientes y ponerse perfume.
LAS ORACIONES OBLIGATORIAS
Las oraciones obligatorias son seis: 1) Las oraciones diarias; 2) la oración de aiát (signos: fenómenos celestes, etc.); 3) la oración del muerto; 4) la oración del tauaf (circunvalación a la Ka’bat); 5) las oraciones que se realizan por un padre o madre muertos que no oraron jamás o que oraron y dejaron al morir oraciones pendientes; éstas debe efectuarlas el hijo mayor; 6) las oraciones que uno mismo se impone como obligatorias, como ser las de un juramento o voto, las que se realizan para otro por un pago, etc.
Las oraciones diarias son cinco: a) la del alba que consta de dos ciclos, b) la del mediodía que consta de 4 ciclos, c) la de la tarde que también consta de 4 ciclos, d) la del ocaso que consta de 3 ciclos, y e) la de la noche que consta de 4 ciclos.
Durante los viajes el musulmán podrá reducir sus oraciones de 4 ciclos a 2 de ellos.
Las oraciones del mediodía y la tarde tienen un horario en común y otro especial de cada una de ellas. El horario especial de la oración del mediodía comienza al mediodía (cuando el sol empieza a declinar) y termina tras el lapso necesario para concretar la oración. El horario especial de la oración de la tarde comienza justo cuando queda el tiempo exacto para realizar una oración de 4 ciclos antes de la llegada del ocaso. Desde la culminación del horario especial de la oración del mediodía hasta el horario especial de la oración de la tarde constituye el horario común de ambas oraciones. Si erróneamente el musulmán realiza primero la oración de la tarde y luego, una vez que terminó de orar, descubre que se equivocó, sus oraciones serán validas.
Si antes de realizar la oración del mediodía comienza a hacer la de la tarde y durante la oración descubre que se equivocó, si está orando en el horario común a ambas oraciones deberá cambiar la intención de la plegaria errónea por la correcta (continuando con el rezo hasta terminarlo) y luego realizar la oración de la tarde. Pero si la está realizando en el horario especial deberá cambiar la intención y proceder como recién se estipuló pero luego, como precaución, realizará nuevamente ambas oraciones.
Los días viernes en lugar de realizar la oración del mediodía se puede hacer la oración del yumu’ah (colectiva de los viernes )que consta de 2 ciclos (y es colectiva). Según la precaución preferible conviene se realicen ambas.
EL HORARIO DE LAS ORACIONES DEL OCASO Y NOCHE
El ocaso llega cuando desaparece el tono rojizo del cielo en el lado opuesto al lugar en que se pone el sol (es decir: hacia oriente).
Las oraciones del ocaso y la noche también tienen cada una de ellas un horario especial y otro en común. El horario especial de la oración del ocaso comienza en el ocaso y culmina (tras el tiempo necesario) para concretar dicha oración. El especial de la noche comienza cuando queda el tiempo exacto para realizar una oración de cuatro ciclos antes de la medianoche El horario común se extiende de un horario especial a otro. Si llegado el horario especial del rezo de la noche el musulmán no realizó la plegaria del ocaso, deberá realizar primero la de la noche y luego o en cualquier otro momento compensar la del ocaso.
EL HORARIO DE LA ORACIÓN DEL ALBA
Antes del Adhán del alba aparece al este en el cielo una blancura que se va elevando y que se denomina primer alba. Cuando la misma se extiende se denomina segunda alba y ese es el momento exacto en que comienza el horario de esta oración. Este horario culmina momentos antes de la salida del sol.
MANDATOS REFERENTES A LOS HORARIOS DE LAS ORACIONES
Cuando el musulmán tiene certeza de la llegada del horario de la oración o dos personas justas se lo dicen podrá orar.
Los ciegos, los prisioneros y las personas que se encuentren en condiciones similares a éstos no podrán orar hasta no estar seguros de la llegada del horario para la plegaria. En el caso de estar nublado y no tener ni siquiera la posibilidad de cerciorarse bastará con la intuición de su llegada.
Si el tiempo que queda para realizar una oración fuera tan estrecho que si por realizar algunos de los actos preferibles durante la misma (como por ej.: qunut, adhán, iqamah, etc.) una parte de ella cayera fuera del horario correspondiente, tales actos meritorios deben omitirse.
Es preferible realizar las oraciones ni bien llegan sus horarios. Esto se ha recomendado mucho (en los dichos del Profeta -B.P.D.-y los Imames -P.-). Excepción: retrasarlas para realizarlas en comunidad.
Si el horario de la oración es amplio y llega un acreedor a cobrar lo que se le debe el musulmán deberá primero pagar su deuda y luego orar. En el caso de surgir alguna dificultad, como la de notar que la mezquita está impura, deberá aseársela de inmediato y luego sí se podrá orar. Si no lo hiciera así habrá cometido una desobediencia pero las oraciones serán igualmente válidas.
LAS ORACIONES DEBEN SER REALIZADAS ORDENADAMENTE
El musulmán debe realizar la oración de la tarde luego de la del mediodía, y la de la noche luego de la del ocaso. Si contraría intencionalmente este mandato sus oraciones serán nulas.
Si una persona comienza la oración del mediodía y durante su transcurso recuerda que ya la había realizado no podrá cambiar la intención sino que deberá romper la oración y comenzar la de la tarde. Se procederá de la misma manera cuando suceda con las oraciones del ocaso y noche.
No está permitido cambiar la intención de una oración qadá (que se realiza en cumplimiento o pago de una plegaria anterior de tiempo ya vencido) por la de una adá (oración que se realiza en su correspondiente horario), ni cambiar la intención de una oración preferible por la de una obligatoria.
Si el horario de la oración adá es amplio, el musulmán puede cambiar la intención por la de una oración qadá.
EL AYUNO (AS-SAUM)
El ayuno es obligatorio en el sagrado mes de Ramadán. Es uno de los más importantes actos islámicos. Para obedecer la orden de Dios una persona que ayuna debe abstenerse de cometer ciertos actos desde el momento en que surge la primera luz del alba hasta un poco después del ocaso.
INTENCIÓN
No es necesario repetir mentalmente la intención o decir “mañana voy a ayunar”. Es suficiente para cumplir con el mandato de Dios abstenerse desde el alba hasta el ocaso de las cosas que anulan el ayuno. Y para tener certeza de que se ayunó todo el día es conveniente abstenerse desde un poco antes de la llamada a la oración del alba hasta un poco después de la llamada a la oración del ocaso.
El ayunante puede hacer intención en cada noche del mes de Ramadán para el día siguiente. Es mejor (no obstante) que en la primera noche del mes haga intención (de ayuno) para todo el mes.
Desde el comienzo de la primera noche de Ramadán (que como los días comienzan al ocaso, antecede al primer día de ayuno) hasta la llamada a la oración (adhán) del alba (fayr) hay tiempo para hacer la intención (de ayuno) del día siguiente.
Quien se durmió antes del alba sin intención de realizar el ayuno, si se levanta antes del mediodía y hace intención de ayunar su ayuno es correcto, se trate del ayuno obligatorio o preferible. Pero si se levanta después del mediodía no puede hacer intención de ayuno obligatorio.
Si una persona hace intención de ayunar antes de la llamada de la oración del alba, luego se duerme y se levanta después del ocaso, su ayuno es correcto.
Si una persona desconoce o se olvida de que está en el mes de Ramadán y se da cuenta antes del mediodía, si no efectuó ningún acto de los que anulan el ayuno debe hacer la intención (de ayunar) y Su ayuno (de ese día) es válido. Pero si hizo algo que anula el ayuno o se da cuenta después del mediodía de que se encuentra en el mes de Ramadán su ayuno (de ese día) es inválido, pero no obstante debe abstenerse ese día hasta el ocaso de los actos que anulan el ayuno y luego del mes de Ramadán debe hacer la compensación (del día de ayuno omitido).
Si el niño llega a la adultez antes de la llamada a la oración del alba (de un día de ayuno obligatorio) debe ayunar. Si se convierte en adulto después del llamado a la oración del alba no es obligación que ayune ese día.
Si en el mes de Ramadán un no-musulmán acepta el Islam debe hacer el ayuno a partir del día siguiente, pero si la conversión tiene lugar antes o después del mediodía no debe ayunar este día ni tampoco compensarlo.
Si un enfermo se curara antes del mediodía de un día del mes de Ramadán y desde el alba no hizo nada que anulara el ayuno, debe hacer intención (de ayunar) y cumplir el resto del día. Pero si se curara después del mediodía el ayuno de ese día no es obligatorio para él.
Si una persona tiene dudas sobre si está en el último día del mes de Sha'ban o en el primer día del mes de Ramadán no es obligatorio que ayune. Pero si quiere hacerlo no puede hacer intención de ayuno de Ramadán (es decir: no debe ayunar con intención de que sea un día de ayuno obligatorio pues no sabe si realmente está en el primer día de Ramadán); pero si ayunó con intención de ayuno preferible o de compensación y después se entera de que efectivamente era el primer día de Ramadán, ese día le cuenta como ayuno de Ramadán (no debe compensarlo aunque no lo ayunó con intención de Ramadán).
Si una persona tiene duda sobre si cierto día es el último del mes de Sha'ban o el primero del mes de Ramadán y lo ayuna con intención de ayuno compensatorio (qadá) o preferible dándose cuenta en el curso de la jornada de que es el primer día de Ramadán debe cambiar su intención por la de ayuno de Ramadán.
COSAS QUE ANULAN EL AYUNO
Son nueva las cosas que anulan el ayuno: 1) Comer y beber; 2) el coito; 3) la eyaculación voluntaria (Ej.: masturbación); 4) mentir sobre Dios, el Profeta (B.P. y Desc.) y sus sucesores los Imames (P.); 5) aspirar polvo y llevarlo a la garganta; 6) sumergir toda la cabeza en el agua; 7) quedarse en el estado de impurificación por eyaculación (yanabah), por menstruación (que ha finalizado), o por el estado de postparto (ya concluido) hasta la llamada a la oración del alba (es decir: sin hacer el baño completo correspondiente); 8) hacerse un enema con líquidos; y 9) el vómito voluntario.
Relación entre el Ayuno y la Fuerza de Voluntad
Ya sabemos que es obligatorio para todos los musulmanes adultos sanos, hombres y mujeres, siempre que no estén enfermos, viajando, débiles o sean demasiado ancianos, mantener el ayuno durante el mes de Ramadán. Es decir, abstenerse de comer, beber, sumergir la cabeza en el agua, y todos los otros actos que invalidan el ayuno.
Este acto voluntario de resistir las pasiones, el hambre y la sed, así como el deseo sexual, despierta y hace surgir en nosotros la fuerza interior dormida y no manifestada, a la vez que es un ejercicio de autocontrol que capacita al hombre para resistir y no sucumbir fácilmente a las pulsiones más bajas como la codicia, el egoísmo y la cólera.
El ser humano siempre está propenso a ser abrumado o arrollado por una serie de deseos desencaminados, como el adquirir riqueza por medios ilícitos, la indulgencia en contactos sexuales ilícitos, la permisividad, tentaciones de diverso tipo, etc.
Hay muchos deseos, pasiones, y tentaciones que a menudo encolerizan y golpean la dignidad y posición del ser humano. Sin embargo, es posible que pueda aumentar su fuerza de resistencia y autocontrol, mostrarse perseverante contra todo mal sin sucumbir a ninguna tentación y no respondiendo a todos los llamados de los deseos. En el momento del estallido de un deseo ilícito de ejercer la autocontención, usar el sentido común, mirar al futuro y tener presente el resultado final, de manera que pueda no sacrificarse en función de una pasión momentánea y pasajera.
Para desarrollar gradualmente esta fuerza de resistencia, se debe ejercitar ocasionalmente la lucha contra los deseos y placeres personales. El ayuno brinda esa oportunidad. Presta la ayuda requerida al desarrollo de dicha resistencia. El Corán describe el papel positivo del ayuno con estas palabras:
"¡Creyentes! Se os prescribió el ayuno como se prescribió a quienes os precedieron, quizás así podáis practicar la piedad (y permanecer firmes contra los pecados y deslices)". (2:183)
El Ayuno es Benéfico si se Hace Apropiadamente
Ayunar durante el mes de Ramadán es beneficioso para la salud si se hace apropiadamente y en conformidad con las instrucciones del Profeta Muhammad (BPD), según comentó un especialista de la India.
Con el inicio del Ramadán, el Dr. P.A. Kareem, quien es director y jefe médico del Hospital de Higiene y Naturopatía ubicado al sur de la ciudad de Calcuta, explicó que el ayuno “es un proceso terapéutico poderoso que puede ayudar a la gente a recuperar desde un estado suave de salud, hasta uno conflictivo, incluyendo enfermedades de presión alta en la sangre, asma, alergias, dolores de cabeza crónicos, enfermedades inflamatorias del intestino, diabetes, enfermedades del corazón, artritis, tumores benignos, fibras uterinas y lupus.
“El ayuno provee un período de descanso fisiológico concentrado en el cual el cuerpo puede provocar por sí solo, mecanismos de autocuración o reparación de órganos dañados” dijo el Dr. Kareem.
“El proceso del ayuno también provee al cuerpo la limpieza de células que han acumulado toxinas y desperdicios de productos”, añadió.
El señaló que el Islam introdujo el obligatorio mes de Ramadán para ayudar a los musulmanes a mejorar su salud espiritual y física.
“Desafortunadamente muchos musulmanes conciben el mes de Ramadán como un festival de comida, donde comen una variedad de platillos saludables, olvidando su mensaje real. Como resultado, no obtienen los beneficios de salud del ayuno”, dijo Kareem, quien visitará Arabia Saudita en la Umrah.
“Nuestro estómago tiene por sí mismo un poder de autocuración, con el fin de activar este poder, el estómago debe estar vacío. Esta es una regla de la naturaleza. Nosotros vemos a niños y a animales que rechazan comer alimentos cuando están enfermos. El ayuno si se hace en forma apropiada ayuda a recuperarse de más enfermedades”, dijo Kareem.
Kareem recomienda a los musulmanes que ayunan, que solo coman comida preparada una sola vez durante la noche, y que coman mucha fruta y vegetales para el desayuno (iftar) y cuando se rompe el ayuno (sahur) para acelerar el proceso de autocuración.
“El Profeta Muhammad (BPD) solía comer dátiles para romper el ayuno (sahur) y agua con dátiles como desayuno” señaló Kareem.
“Científicos modernos y doctores en América y Europa han descubierto que la naturopatía es altamente efectiva para tratamientos de muchas enfermedades”, comentó Kareem.
Fuente: P.K. Abdul Ghafour
Arab News
EL QUINTO (AL-JUM)
Sobre 7 bienes es obligatoria pagar el quinto: 1) Por los beneficios del trabajo; 2) por los minerales; 3) por los tesoros; 4) por los bienes lícitos mezclados con bienes ilícitos; 5) por las joyas que se extraen del mar; 6) por los botines de guerra; y 7) por la tierra que un no-musulmán que vive bajo protección en un país musulmán compra a un musulmán.
BENEFICIO DEL TRABAJO
Si alguien obtiene una ganancia monetaria proveniente del comercio, industria o de otros medios debe pagar el quinto (20 por ciento) del superávit anual que tenga luego de deducir todo lo necesario para satisfacer las expensas lícitas propias suyas y de su familia por el curso de un ano.
Si los bienes que se obtienen no provienen del trabajo, como por ejemplo si es un regalo, no hay obligación de pagar el quinto; pero si sobra este dinero (de un regalo o donación) de los gastos del año es precaución preferible pagarlo.
La dote que recibe la mujer (al casarse) y la herencia que recibe el hombre no pagan jums. Pero si una persona tiene un familiar lejano del cual desconocía su existencia quien fallece dejando una herencia, es precaución preferible que quien la reciba dé el quinto sobre el excedente de esos bienes (luego de satisfechas las expensas lícitas) al cabo del año.
Si una persona recibe una herencia y sabe que quien la dejó no pagó el jums tiene el deber de abonarlo.
Una persona moderada en sus gastos que acumula dinero sin utilizarlo en los gastos del año debe pagar por él el quinto.
Una persona que es mantenida por otra tiene obligación de pagar el quinto de lo que gane, excepto de lo que utilice para cumplir con ciertos deberes religiosos como la peregrinación, la visita a los santuarios de los Imames, etc., debiendo en este caso pagar el quinto del excedente o bienes sobrantes de estos gastos.
EL USO DEL QUINTO
El jums (quinto) se debe dividir en dos partes: una de ellas se destina a los seieds (descendientes del Profeta B.P.D. Según firmes tradiciones se debe dar a un seied pobre, huérfano, o a un seied viajero que se haya quedado sin dinero (aunque en su patria no sea pobre). Este acto debe realizarse con el permiso del muytahid que reúna las condiciones (es decir: a quien sigue y que sea sabio, justo, etc.). La otra parte se destina al Imam (P.), y en esta época por ocultación de éste se debe dar el quinto al muytahid que reúne todas las condiciones o gastarlo en lo que él permita. Si la persona quiere dar el quinto del Imam (P.) a un muytahid a quien no sigue (imita en las cuestiones de la religión), puede hacerlo, pero siempre y cuando este muytahid y el que él imita gasten el dinero de la misma manera.
Es lícito dar el quinto a un seied que no es justo, pero está prohibido dárselo a aquel que no cree en los Doce Imames (P.).
No se debe dar el quinto a un seied desobediente (pecador manifiesto), si fuese que con ello se contribuye a que siga desobedeciendo. Además, es precaución obligatoria no dar el quinto a un seied que aparente ser desobediente, aunque esto no contribuya a su desobediencia.
Se puede dar el quinto a un seied famoso en su ciudad, aunque uno no tenga certeza si es o no seied (descendiente del Profeta).
EL DIEZMO (AZ-ZAKAT)
Es obligatoria dar el zakat sobre nueve cosas: 1) trigo; 2)cebada; 3) dátiles; 4)pasas de uva; 5) oro; 6) plata; 7) camellos; 8) vacas, y 9) ovejas. Si alguien posee una de estas nueve cosas, debe dar el zakat de la forma en que se especificará luego.
CONDICIONES OBLIGATORIAS PARA EL PAGO DEL ZAKAT
Es necesario que el dueño del bien sea adulto, cuerdo, libre y pueda disponer del bien; entonces le será obligatorio el zakat si llega a la cantidad que luego veremos.
Debe darse el zakat después de 12 meses de ser el dueño de la vaca, oveja, camello, oro y plata; pero si su dueño pierde el bien en el duodécimo mes y él intervino en esta pérdida (ej.: hizo un mal negocio), o por haber dispuesto del bien (venta, etc.), como él es el responsable debe pagar el zakat. En el caso de que en el duodécimo mes involuntariamente pierda la persona algo de los bienes que pagan zakat, no es obligatorio para ella pagarlo (por lo que perdió).
El zakat del trigo y la cebada es obligatorio cuando se dice es trigo y cebada (es decir, que es obligatorio aunque todavía no se haya cosechado), y el zakat de la pasa de uva según la precaución obligatoria cuando no esta madura, y del dátil cuando se sabe que es dátil. El momento de pagar el zakat del trigo y la cebada es cuando se los separa de la paja para almacenarlos, y del dátil y la pasa de uva cuando ya están secos.
Un bien no tiene zakat si fue usurpado por otra persona y no puede ésta disponer de él. También si es un cultivo y en el momento en que es obligatorio dar zakat por él es usurpado y está en manos del usurpador; cuando regresa a su dueño no tiene zakat.
Una persona debe dar el zakat si le prestan oro, plata u otras de las cosas que tienen zakat obligatorio y permanece en su poder durante un año. Quien prestó el bien no tiene obligación de zakat.
LA PEREGRINACIÓN (AL-HAYY)
La peregrinación (hayy) consiste en visitar la Casa de Dios (la Ka’bat en la Meca) y realizar allí las acciones que fueron ordenadas para esta circunstancia. Es obligación para todo musulmán visitar la Ka’bat al menos una vez en la vida si reúne las siguientes condiciones: 1) ser púber; 2) ser cuerdo y libre; 3) no verse obligado a cometer algo ilícito para viajar o dejar de cumplir con una obligación más importante que la peregrinación; 4) ser capaz de viajar, lo que incluye: a) poseer lo necesario para el viaje (ej.: dinero, medio de transporte, etc.): b) tener buena salud: e) que no existan obstáculos para llegar a destino (ej.: que los caminos estén cerrados, se tema que lo maten o se tema ser asaltado, etc.); d) contar con el tiempo suficiente para realizar las acciones obligatorias de la peregrinación; e) proveer a la familia de los gastos necesarios durante la ausencia, y f) que después de volver no exista peligro de perder el trabajo, la cosecha o beneficios.
Quien no ha satisfecho su necesidad de tener una casa propia, cuando tiene dinero para adquirirla y para hacer la peregrinación, ésta es obligatoria para él (comprar la casa y peregrinar).
Si una persona no tiene para los gastos durante el viaje y otra persona le dice que haga la peregrinación que él le proveerá para sus gastos y los de su familia durante su ausencia, en el caso de que tenga certeza de que proveerá a su familia la peregrinación es obligatoria para él.
Si alguien recibe una cantidad de dinero y realiza con él la peregrinación, no es obligatoria otra peregrinación si después de la primera se provee de dinero por sí mismo.
Si alguien tiene dinero para hacer la peregrinación, pero (por negligencia) no la hace y se empobrece luego, debe hacer la peregrinación aunque tenga inconvenientes. Si no puede hacerla de ninguna forma, en el caso de que una persona lo contrate para hacer la peregrinación por ella debe ir y hacerla para esta persona y permanecer hasta el año siguiente en La Meca para hacer la peregrinación por sí mismo. En el caso de que sea posible que quien lo contrate acepte pagarle y esté conforme en que el primer año realice la peregrinación para él mismo y el segundo año para quien lo contrató, debe hacerlo de esta forma.
Quien está contratado para hacer la peregrinación por otra persona debe realizar la circunvalación de las esposas (tauafu-nnisá’) que es de las circunvalaciones obligatorias, de parte de la persona que lo ha contratado, porque si no lo hace su esposa le será ilícita.
Si no realiza correctamente la circunvalación de las mujeres o se olvida, en el caso de que lo recuerde después de varios días y regresa desde donde está para realizarla, su peregrinación es correcta.
LA LUCHA SAGRADA (AL-YIHAD)
CUESTIONES SOBRE LA DEFENSA
Si los enemigos atacan las fronteras de los países islámicos, (o a estas mismas naciones islámicas) es obligación de todos los musulmanes defenderse con todos los medios posibles, incluyendo sus vidas y sus bienes, y no es necesario el permiso del muytahid en este caso.
Si los musulmanes temen que ciertos agentes (extranjeros) planeen colonizar sus países, sea directamente o por medio de sus personeros internos o externos, es obligación que defiendan a sus países con todos los medios posibles.
Si los agentes (del imperialismo, de países incrédulos enemigos, etc.) han planeado colonizar un país islámico desde adentro (ejemplo: destruyendo su ideología y religión), es obligación de todo musulmán desbaratar sus planes de cualquier forma e impedir la influencia de estos (en sus países).
Si se teme que a través del desarrollo económico o comercial los agentes (enemigos) influyan (en el gobierno, el pueblo musulmán, etc.) y sea posible que se apoderen de los países islámicos, es obligación de todos los musulmanes defenderse de cualquier forma posible y cortar las manos (es decir: desbaratar sus planes, impedirles su expansión económica, etc.) de los agentes internos y externos.
Si a causa de las relaciones políticas entre los gobiernos islámicos y los gobiernos agentes (del imperialismo) surge el temor de que dichos agentes se apoderen de los países islámicos, política o económicamente, es necesario que todos los musulmanes muestren su desacuerdo y obliguen a los gobiernos islámicos a romper dichas relaciones.
Si como resultado del comercio con dichos (países, gobiernos, etc.) agentes (del imperialismo y la opresión) existe el temor de que se perjudique el mercado (o comercio) de los musulmanes, o sea causa de que éstos sean presionados, es obligación cortar estas relaciones económicas y es ilícito comerciar con ellos.
Si el establecimiento de relaciones políticas o económicas entre un país islámico y un agente es contrario a los intereses de los musulmanes (de ese u otro país), esta relación no está permitida. Si un gobierno establece estas relaciones es obligación para otros gobiernos islámicos obligarlo a romperla de cualquier forma posible.
CONDICIONES PARA LA LUCHA
Murteza Mutahhari
La segunda cuestión se refiere a las circunstancias en las cuales el Islam dice que debemos combatir. Los primeros versículos del Sagrado Corán que se revelaron acerca del yihad son, según la opinión de todos los comentadores coránicos, los de la sura Al-Hayy:
“Dios defenderá a los creyentes. Pues Dios no ama a ningún traidor contumaz, impío desagradecido. Se les da permiso (para luchar) a quienes son atacados porque han sido tratados injustamente. Dios es por cierto Poderoso para auxiliarles. (Les da permiso para luchar) a quienes han sido expulsados de sus hogares injustamente, sólo por haber afirmado: ‘Nuestro Señor es Dios (Unico)’. Si Dios no hubiera rechazado a unos hombres valiéndose de otros, habrían sido demolidas ermitas, iglesias, sinagogas y mezquitas, donde se recuerda a menudo el Nombre de Dios. Dios auxiliará por cierto a quienes Le auxilien. Sin duda Dios es Fortísimo, Poderosísimo. Los que, silos establecemos firmemente en la tierra, elevan la oración, pagan el zakat y encomiendan el bien y vedan el mal. Y a Dios pertenece el resultado de todos los asuntos” (22:38-41).
Son indudablemente versículos maravillosos y los primeros en ser revelados sobre el tema del yihad y sus disposiciones.
Antes de examinar los versículos anteriores, debemos primero dirigir nuestra atención a otro asunto. Como sabemos, la primera revelación que recibió el Profeta (BPD) se manifestó en La Meca, cuando éste tenía cuarenta años de edad. Después de ello el Profeta (BPD) continuó viviendo trece años en dicha ciudad, lapso de tiempo durante el cual tanto él mismo como sus compañeros fueron terriblemente perseguidos y torturados por los paganos de la tribu de Quraish que gobernaban la ciudad. Tanto fue así que un grupo de los seguidores del Profeta (BPD) le solicitó a éste permiso para emigrar. Dejaron La Meca y fueron a Etiopía’. Repetidamente los musulmanes pedían al Profeta (BPD) permiso para defenderse, pero durante todo ese lapso de trece años en que él permaneció en La Meca no se los permitió—para lo cual había una buena razón—; hasta que finalmente su sagrada misión se afirmó y el Islam se difundió, entre otros lugares en la ciudad de Medina. Allí un pequeño grupo de medinenses se había volcado al Islam; viajaron a La Meca y juraron fidelidad y obediencia al Profeta (BPD), sellando con él un pacto que establecía que si éste viajaba a Medina ellos lo apoyarían plenamente. Así el Santo Profeta (BPD) emigró a Medina y los musulmanes lo siguieron. Allí en Medina, y por primera vez, una base musulmana independiente vio la luz. Durante el primer año se negó todavía la autorización para la defensa. Fue durante el segundo año de la emigración que los primeros versículos sobre el yihad, aquellos que acabamos de citar, fueron revelados. El tono de los versículos se resume en su inicio: “Dios defenderá a los creyentes (contra los impíos), pues Dios no ama a ningún traidor contumaz, impío desagradecido...” (22:38). Esto indica que los politeístas habían traicionado a los musulmanes, los habían perseguido y excedido contra ellos, rechazando las bendiciones que Dios les había concedido. Luego declara: “Se les da permiso (para luchar) a quienes son atacados porque han sido tratados injustamente” (22:39). 0 sea que se da permiso para luchar a aquellos que han sido atacados y tratados injustamente. Esto significa: “¡Musulmanes! Ahora que los impíos idólatras han venido a atacaros, combatidlos”. En realidad, ésta es una situación de defensa propia. ¿Por qué se ha dado esta autorización? Porque los oprimidos deben defenderse. Luego sigue una promesa de auxilio: “Dios es por cierto Poderoso para auxiliarles. (Les da permiso para luchar) a quienes han sido expulsados de sus hogares injustamente, sólo por haber afirmado: ‘Nuestro Señor es Dios (Único)’” (22:39-40).
A aquellos que han sido echados injustamente de sus hogares y comarcas por ninguna ofensa más que decir: “Nuestro Señor, nuestro Protector, Cuidador y Mantenedor es Dios”; a ellos’ Dios les da permiso para el yihad. Su “ofensa” fue que afirmaron: rabbuna-l-láh (Nuestro Señor es Dios). A tales personas les da Dios autorización para luchar.
Nótese en qué medida el versículo adopta un tono de defensa. Luego establece todo el argumento que justifica la lucha. El Sagrado Corán sorprende y maravilla por la forma en que descubre las realidades, en que hace notar todos sus detalles. Porque aquí vemos un versículo definido que aparece como sí el Corán estuviera confrontando todos los cuestionamientos y problemas planteados hoy por los cristianos, quienes dicen, más o menos, lo siguiente: “¡Corán! Tú que pretendes ser un Libro divino, un libro religioso, ¿cómo puedes dar permiso para la guerra? La guerra es algo malo. ¡Dí siempre ‘paz’! ¡Dí ‘pureza’! ¡Dí ‘veneración’!”.
Pero el Sagrado Corán responde: No. Si el otro bando nos agrede y no nos defendiéramos, no quedaría piedra sobre piedra. Todos los lugares de adoración serían destruidos. “Si Dios no hubiera rechazado a unos hombres valiéndose de otros, habrían sido demolidas ermitas, iglesias, sinagogas y mezquitas, donde se recuerda a menudo el Nombre de Dios” (22:40). Si Dios no contrarrestara la agresión de algunos grupos por medio de otros, todos los lugares de adoración de las diferentes sectas y religiones serían destruidos. Las iglesias cristianas, las sinagogas judías, los monasterios, las mezquitas en que se prosternan los musulmanes, dejarían todas de existir. Es decir, algunos cometerían tales agresiones que nadie tendría ya libertad para adorar a Dios.
El Sagrado Corán hace luego una promesa de auxilio: “Dios auxiliará por cierto a quienes Le auxilien. Sin duda Dios es Fortísimo, Poderosísimo” (22:40). Quienquiera que auxilie y secunde a Dios, lo que significa hacer por la Verdad y la justicia, tal será auxiliado y secundado por Dios; y El es Poderosísimo y siempre Victorioso.
Nótese ahora como describe Dios (en los versículos siguientes) a aquellos a quienes auxilia. Dios socorre a la gente que se defiende a sí misma, quienes cuando establecen un gobierno lo conforman según ciertas pautas.
“Los que, si los establecemos firmemente en la tierra...” (22:41), es decir: la gente que, cuando Dios les da un lugar en que habitar y les designa un gobierno, otorgándoles poder y autoridad, construyen un estado basado en estas pautas. ¿Qué pautas?
“...elevan la oración...”, instituyen la adoración a Dios Unico.
“...pagan el zakat...”, pagan el impuesto purificatorio’. La oración es el justo vínculo espiritual entre el hombre y Dios, y el zakat es el nexo justo de cooperación entre los individuos. Es la gente que adora a Dios con sinceridad y se ayuda mutuamente;
“...encomiendan el bien y vedan el mal...”, quienes se consideran obligados a promover el bien y combatir el mal.
“Y a Dios pertenece el resultado (final) de todos los asuntos” (22:41). El resultado de todos los temas y materias está en las “Manos” de Dios.
Lo que hemos aprendido hasta aquí es que el Sagrado Corán ha definido fundamentalmente el yihad no como una guerra de agresión, para lograr preeminencia o dominio, sino de resistencia contra la agresión.
Desde luego, las formas de agresión a ser resistidas no son siempre del tipo de un pueblo que invade el territorio de otro. Una forma de agresión sería también que entre una gente, en su propio territorio, se someta a la tortura, la vejación y la tiranía a una facción de ellos mismos, un sector de la población que es débil e impotente, precisamente aquellos a los que el Corán llama mustad‘afin (débiles oprimidos y desposeídos). En una situación tal los musulmanes no pueden permanecer indiferentes sin inmiscuirse. Tienen en cambio un mandato que los obliga a liberar a esa gente oprimida.
O quizás dentro de un mismo pueblo exista un grupo opresor que establece tal estado de tiranía que la difusión de la verdad, el amor y la justicia se ven impedidos de florecer. Se ha creado entonces un escollo, un obstáculo que debe ser eliminado.
Todas éstas son formas de agresión. Los musulmanes deben liberar a la humanidad de las cadenas de la esclavitud, tanto las del pensamiento como las otras. En todas estas condiciones el yihad es una necesidad urgente, y tal yihad es también defensivo y se establece como resistencia contra el zulm, contra la injusticia y la opresión; contra las transgresiones.